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COMUNICADO

Se hace de conocimiento que, mediante Resolución de Gerencia Nº 4511-2021-GRCOF/SAT-T, se ha determinado la existencia de Papeletas de Infracción al Tránsito en las que no se ha podido notificar la imputación de cargos, por lo que prescribió la facultad de la entidad, de iniciar el Procedimiento Administrativo Sancionador respecto de ellas.

En este sentido, se han emitido 5615 resoluciones de prescripción, de éstas, 2938 resoluciones no se han podido notificar porque la dirección de los beneficiados ha sido inubicable.

A esto, con la finalidad de agilizar el trámite de notificación personal, se dispone la PUBLICACIÓN en el Portar Web Institucional del SAT-T; la lista de beneficiados con la prescripción de las papeletas de infracción al tránsito de los periodos de 2003 al 2012.

Consecuentemente, se exhorta a quienes se encuentren en la lista, acercarse a las oficinas del SAT-T Tarapoto, a fin de que puedan ser válidamente notificados.

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*** Datos Actualizados al Viernes 19 de Abril 2024

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

¿QUÉ ES EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO (SCI)?

Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizadas e instituidas en cada entidad del Estado, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestion eficaz, eficiente, ética y transparente.

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¿QUÉ ENTIDADES DEL ESTADO DEBEN IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO CON LA DIRECTIVA N° 006-2019-CG/INTEG?

ENTIDADES OBLIGADAS

Las entidades del Estado señaladas en el artículo 3 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

EXCEPTUADAS

  • El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE y las empresas que se encuentran bajo su supervisión.
  • La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS y las entidades financieras que se encuentran bajo su supervisión.

OBJETIVOS

OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

  • Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado, contra todo hecho irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos.
  • Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información.
  • Promover que los funcionarios y servidores del Estado cumplan con rendir cuentas por los fondos y bienes públicos que administra.
  • Promover y optimizar, la eficiencia, eficacia, ética, transparencia y economía de las operaciones de la entidad, y la calidad de los servicios públicos que presta.
  • Cumplir la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.
  • Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.
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PLAZOS PERMANENTES

*Aplicables desde el 1 de enero de 2021.

PLAZOS EXCEPCIONALES

(*) La presentación de los entregables ante la Contraloría General de la República se realiza a través de su registro en el aplicativo informático del Sistema de Control Interno.

Impuesto Predial

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Convocatorias

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Arbitrios

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Cronograma

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Impuesto Vehícular

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23715
Número de predios

18996
Número de Contribuyentes

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